Seis tribunos pisotean la voluntad popular del 21 de febrero, cambian la Constitucion y Evo queda habilitado para una nueva postulación a presidente. El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró este martes procedente la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta presentada por legisladores oficialistas que pidió habilitar al presidente Evo Morales para una nueva repostulación, pese a que la Constitución lo prohíbe.
El auto constitucional, emitido esta tarde por el TCP y difundido por su presidente, Mario Lahor Cortez, declara “la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos por ser la norma más favorable en relación a los Derechos políticos…”.
Asimismo, declara la inconstitucional de los artículos 52.III en la expresión “por una sola vez de manera continua”; 64 inc. d), 65 inc b), 71 inc c) y 72 inc b) en el enunciado “de manera continua por una sola vez” de la Ley del Régimen Electoral.
Los magistrados que firman el fallo son: Macario Lahor Cortez Chávez, Juan Oswaldo Valencia Alvarado, Zenón Hugo Bacarreza Morales, Mirtha Camacho Quiroga, Neldy Virginia Andrade Martinez, Ruddy José Flores Monterrey.
El auto constitucional, emitido esta tarde por el TCP y difundido por su presidente, Mario Lahor Cortez, declara “la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos por ser la norma más favorable en relación a los Derechos políticos…”.
Asimismo, declara la inconstitucional de los artículos 52.III en la expresión “por una sola vez de manera continua”; 64 inc. d), 65 inc b), 71 inc c) y 72 inc b) en el enunciado “de manera continua por una sola vez” de la Ley del Régimen Electoral.
Los magistrados que firman el fallo son: Macario Lahor Cortez Chávez, Juan Oswaldo Valencia Alvarado, Zenón Hugo Bacarreza Morales, Mirtha Camacho Quiroga, Neldy Virginia Andrade Martinez, Ruddy José Flores Monterrey.



